viernes, 1 de febrero de 2013

Lo que nunca te dijeron sobre la fiscalidad de los planes de pensiones

fiscalidad de los planes de pensionesExiste un gran atractivo en desgravarse cada año en relación con las aportaciones que se van haciendo. Esto eclipsa la segunda parte de fiscalidad de los Planes de Pensiones: cómo tributan las prestaciones.


Hasta ahora pensábamos que los bancos eran los que mejor saben lo que tenemos que hacer con nuestro dinero y hemos preguntado en la oficina de nuestro banco o caja de ahorros lo que teníamos o podíamos hacer con él.


Entonces el banco nos ha dicho; “hazte un Plan de Pensiones, es lo mejor para tu jubilación”. Te lo ha dicho porque es lo que tienen que vender, pero no te cuentan, porque tal vez no lo sepan,  que hay una solución mejor para ti, si lo que quieres es sacar más partido de tus ahorros para la jubilación y no pagar menos a Hacienda ahora en tus declaraciones anuales.


Lee ¿Te preocupa el futuro de los planes de pensiones en España? donde explico sobre las diferentes soluciones de ahorro para la jubilación



¿Por qué escribo este artículo?


Este mismo cuento me lo han contado varias veces. Lamentablemente no se trata de una ficción sino del relato de la experiencia real de muchas personas.


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Érase una vez una abuelito, que después de haber trabajado tropecientos años y haber estado muchitantos ahorrando en el Plan de Pensiones que le había recomendado el director de su banco de toda la vida, fue con toda su ilusión a recuperar el fruto de tantos esfuerzos, para comprar un apartamentito en Benidorm y pasar allí unos cuantos años felices con su señora, recibir a los nietos en verano y dejárselo en herencia a sus hijos al morir.


El anciano caballero sabía que Hacienda cobraría un porcentaje y también sabía que su dinero no había producido cantidades astronómicas, ni mucho menos.


Cuál no sería su sorpresa al descubrir que Hacienda se llevaba la mitad de lo que iba a percibir!!!


El abuelito se enfadó un montón, se sintió engañado y se lo contó a su hijo. Su hijo se enfadó, a su vez, bastante. Él también tenía un Plan de Pensiones con su banco de toda la vida y estaba, hasta entonces, contento. Pero, cuando su padre le contó esto, se puso a investigar.


Lo que tenía muy claro, porque era lo que mejor le habían explicado, es que cada año reducía su base imponible y esto estaba bien porque pagaba menos a Hacienda.


Hasta aquí era la parte buena. Pero había algo que no le habían contado o no le habían contado bien o no lo habían avisado, teniendo en cuenta que a él lo que más le interesaba, no era desgravarse, porque muchas veces la declaración le salía negativa, sino arreglar su jubilación.



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Esto es lo que no le había contado ni a él ni a su padre.


Cuando él se jubilase y pudiese cobrar, es decir, tener la prestación de su Plan de Pensiones, a lo que tenga de pensión de la Seguridad Social se le sumará lo que está cobrando de prestación.


La suma de ambas pensiones tributará como rendimiento de trabajo, como va a subir de tramo, va a tener que pagar un porcentaje muy alto de esa cantidad a Hacienda  y  muchísimo mayor si lo cobra todo de una vez.


Echa un vistazo a  ¿Cuánto se quedará Hacienda de tu ahorro para la jubilación? donde te digo los tres aspectos a tener en cuenta para saber cómo tributa cada fórmula de ahorro para la jubilación.



Vamos a poner un ejemplo de fiscalidad.


Un abuelito se jubila y cobra por la Seguridad Social 1000 €/ mes, de su Plan de Pensiones cada mes cobra 1000 €. Por redondear, supongamos que ingresa 24. 000 al año.


En total cobra cada mes 2.000 €. Entonces pensamos que este abuelito se lo va a pasar muy bien en Benidorm, o en las Rías Bajas y que por Reyes le va a regalar una tablet a su nieto mayor.


Pero, su amigo, el que le hace todos los años la declaración del IRPF, le enseña estas tablas y le dice que va tener que pagar a Hacienda el 28%, es más el 30%, porque, como hay crisis el Gobierno ha decidido subirlo un poquito más en el 2012 y el 2013. En vez de 2.000 € va a cobrar 1.400€ (El cálculo no es exacto, en realidad el impuesto se aplica escalonadamente, como apunta abajo el segundo comenarista)


Rendimientos del trabajo


Si en lugar de cobrarlo como una pensión vitalicia hubiera decidido sacarlo todo a la vez para comprarse un apartamento en la playa, su amigo  le habría explicado que se habrían sumado los 12.000 de la Seguridad social con lo que ha sacado del plan de pensiones, con lo que fácilmente Hacienda le sopla la mitad  o más de los ingresos del año y de su ahorro.



Mejor un PIAS


Si se hubiése hecho un PIAS en vez de un Plan de Pensiones, no habría reducido su base imponible cada año, que sí ya era muy baja le hubiera dado lo mismo.


Pero a la hora de cobrar la cosa hubiera sido muy distinta.


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  • Si decidiera cobrarlo como renta vitalicia y hubiese contratado el PIAS hace más de 10 años. Hacienda no le hubiera exigido nada de lo que cobrase por el PIAS. Es decir, sólo tributaría por los 1000 € de la Seguridad Social como Rendimiento del  Trabajo Individual, según las tablas de arriba. Es decir, 24% o 24,75 % de 1.000 €.

  • Si no hubieran pasado los 10 años desde que contrató el PIAS.


Tributaria por los de la Seguridad Social igual.


Tributaría por los otros 1000 € solamente 42€ (ver el ejemplo del artículo ¿Cuánto se quedará Hacienda de tu ahorro para la jubilación?


Recordemos que de los 2.000 € al abuelo se le quedaba la cosa en 1.400 € con el Plan de Pensiones.


En este caso, de los 2.000 € le quedan 1710,50 € (Le he restado los 42 de la parte del PIAS y el 24.75% de la parte de la Seguridad Social.)




  • Si nuestro amable pensionista hubiera optado por la opción del apartamento en la playa y hubiese sacado todos sus ahorros, habría pagado del 19% al 27% de las plusvalías, es decir, de lo que le produjo lo que fue ahorrando.


Ejemplo:


Si rescató 100.000 €


25.000 el capital, la suma de lo que fue aportando.


75.000 las plusvalías.


Hacienda le gravaría el 21% de esos 75.000 € (esté año el 27% por lo de la crisis)


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Moraleja


Entérate bien de la solución de ahorro más adecuada para ti y ten en cuenta que las aseguradoras también tienen productos de ahorro y son mejores  en seguridad, fiscalidad y rentabilidad, que los de los bancos, hoy por hoy.


Los seguros hacen frente a los depósitos


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  • Lamento haberte llenado la cabeza de números. Al menos espero que haya quedado claro, ¿me lo cuentas en los COMENTARIOS?

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GRACIAS :-D

11 comentarios:

  1. Hola,

    sólo echo en falta una cosa, en el apartado "Mejor un PIAS": qué fiscalidad tendría si pasados 10 años de constituir el PIAS decido, en vez de cobrar como pensión vitalicia el importe, cobrarlo todo de golpe? Si decido usar el dinero que he ahorrado en el PIAS para comprarme el apartamento en Benidorm?

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  2. Si que lo pone, Joaquin:
    "Si nuestro amable pensionista hubiera optado por la opción del apartamento en la playa y hubiese sacado todos sus ahorros, habría pagado del 19% al 27% de las plusvalías, es decir, de lo que le produjo lo que fue ahorrando."
    Para mayor claridad, puedes leer este otro artículo href="http://www.ingresoshoyendia.com/ahorro-para-la-jubilacion/" target="_blank">¿Cuánto se quedará Hacienda de tu ahorro para la jubilación?
    1. Tipo de impuesto aplicable: rendimiento de capital mobiliario.
    2.Sobre qué y cuándo se aplica. Sobre las plusvalias, al rescatar el dinero. en la declaración de la renta de ese año.
    3. Tipo impositivo. Entre el 21% y el 27% (a día de hoy). Sobre los primeros 6.000€ de las plusvalías el 21%, desde los 6.000 a los 24.000 el 25% y lo que exceda de 24.000, al 27%. Es decir, que si son más de 24.000€ no se impone el 27% a todo. Espero haberlo explicado bien.
    Ha sido un placer responderte.

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  3. Buenas tardes,

    El "cabreo" que la gente se pilla al retirar el dinero de un Plan de Pensiones me parece que clama al cielo. Si al retirar el dinero en un PIAS (o plan de jubilación) no se tributa al mismo nivel que un Plan de Pensiones, ¡es porque ya se pagó en su día!

    Cuando se dice que un plan de pensiones desgrava, es cierto, como también lo es que en algún momento se tendrán que rendir cuentas con Hacienda

    He encontrado esta página intentando enterarme sobre la fiscalidad de un Plan de Jubilación. Lamentablemente, Paloma, leyendo el artículo me he dado cuenta rápidamente de que no es experta en fiscalidad ni mucho menos, pues ni siquiera sabe bien cómo se calcula el sueldo neto a partir de la tabla del IRPF

    Que conste que esta crítica la hago sin acritud, pero sí me parece importante que la información que se presente al público sea precisa

    Por utilizar el ejemplo que usted mismo aporta, un sueldo de 24.000€ no tributa íntegramente un 30% por estar dentro de la franja 17-33, sino que los primeros 17.707€ tributatían al 24,75% de la franja anterior, y los 6.203€ de diferencia sí que tributarían a ese 30%. El resultado sería que, mensualmente, se percibiría una cantidad neta de 1477€ (en lugar de los 1400 que usted indica). Al año esa diferencia es de 924€, que si bien no es una cantidad impresionante, le dará para comprarle dos tablets a sus nietos más mayores!

    Un saludo
    .

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  4. [...] Lo que nunca te dijeron sobre la fiscalidad de los planes de pensiones [...]

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  5. El fin de un plan de pensiones, no es el rescatarlo de golpe para comprar un apartamento, es el de complementar el importe que se reciba de la pensión. Generalmente el nivel de ingresos después de la jubilación es inferior a cuando se está en activo. Se intenta bajar la base imponible cuando se está en activo y bajar el tipo marginal, y cuando se reciben menos ingresos complementarlos con otra renta. Además el rescate se puede hacer constituyendo un seguro con pago de renta mensual y con un % importante de esta renta exenta de tributación. Además de la exención en el impuesto de sucesiones frente a otros productos de ahorro.

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  6. Alex, el lenguaje que utilizas me hace suponer que eres un experto en le tema. Este artículo es el que más visitas recibe de mi blog, que no es un blog especializado en este tema ni yo tampoco. Es necesario dar información a la gente en términos comprensibles para el profano.

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  7. Buenas:

    Me ha parecido un artículo muy interesante y bien explicado.
    Tras leer la información y los comentarios me surge una duda, ¿si se decide rescatar por completo el dinero, también se tributa por ello de forma escalonada?

    Estoy pensando en abrirme alguno de estos productos, ya había oído hablar de los PIAS anteriormente pero de momento estoy tanteando el terreno a ver si me decido por alguno.
    Gracias por el aporte. Un saludo.

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  8. Si,igualmente, de forma escalonada. Tengo información bastante buena en audio y presentaciones. Mándame un mensaje a través de contacto si quieres que te la envíe.

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  9. Información importante.En el PIAS solo tributan las plusvalías, no el capital aportado.

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